miércoles, 3 de junio de 2015

bichon maltes

El origen de la raza es poco claro. Los comerciantes fenicios trajeron de Egipto a los ancestros de esta raza probablemente hace más de 2000 años siendo difundida en el Mediterráneo. En la tumba del faraón Ramsés II (1301-1225 a. C.) se han encontrado estatuillas de piedra que ya se parecían a los malteses de hoy. Hay imágenes en vasos del período entre 500 a. C. que son muy similares a los malteses, al lado del perro se lee la palabra Melitae. Desde la perspectiva actual, la relación no es evidente ya que eso podría haber sido después. L. Beckmann también ha trazado antepasados a los del Spitz enano.5
De nuevo, el nombre con el que la Federación Cinológica Internacional (FCI) lo describe en el estándar indica que no proviene de la Isla de Malta. Ya que el vocablo es una derivación de semítico de la palabra màlat, lo que significa refugio o puerto y es la raíz de muchos topónimos. La FCI describe el origen de la palabra de la siguiente manera:
Su nombre no significa que es originario de la isla de Malta, porque el adjetivo «maltés» proviene del vocablo semítico «màlat» que quiere decir refugio o puerto; esta raíz semítica se encuentra en una variedad de nombres de lugares marítimos, tales como el nombre de la isla adriática Meleda en la ciudad siciliana de Melita, y también en la isla de Malta. Los ancestros de este pequeño perro vivían en los puertos y las ciudades costeras del Mediterráneo central, donde cazaban a los ratones y las ratas que se encontraban en los almacenes de los puertos y en las bodegas de los barcos donde se propagaban abundantemente. En la lista de perros existentes en el tiempo de Aristóteles (384 - 322 a.C.) se menciona una raza de pequeños perros a los que se atribuye el nombre latino «canes melitenses». Ese perro era conocido en la antigua Roma y era compañero preferido de las matronas, fue elogiado por Estrabón, poeta latino del siglo primero.
FCI-Estándar del Maltés.6







BICHON MALTES



Después de CalímacoPlinio el ViejoEsteban de Bizancio y Constantino VII, la raza obtuvo el nombre de la isla Mljet (en la antigüedad Melita o Melitaea).7 Aristóteles fue el primero en mencionar su nombre Melitaei Catelli, cuando se compara el perro a un mustélido, alrededor de 370 a. C.8 9
Alrededor de los siglos XVII y XVIII, algunos criadores decidieron "mejorar" la raza, haciéndola aún más pequeña. Linnaeusescribió en 1792 que estos perros eran del tamaño de una ardilla.3 10 La raza casi desapareció y fue cruzada con otros perros pequeños como los caniches y los Spaniels miniatura. En el siglo XIX, hubo hasta nueve diferentes razas de perro maltés.3
Malteses de color sólido y parti colores fueron aceptados en Inglaterra desde 1902 hasta 1913,11 y en fecha tardía, como 1950, en Victoria, Australia.12 Sin embargo, más adelante se instituyó que el maltés tenía que ser de color blanco.12
El maltés fue reconocido como una raza oficial por la FCI bajo el mecenazgo de Italia en 1954, en la reunión anual de Interlaken, Suiza. El actual estándar se aprobó el 27 de noviembre de 1989 y la última traducción del italiano al inglés es la del 6 de abril de 1998. El American Kennel Club reconoció la raza en 1888 y su último estándar es del 10 de marzo de 1964

jueves, 30 de abril de 2015

las Cortes de Cadiz ¡Viva la Pepa!

Constitucion Española  1812

Llamada "La Pepa"


La Constitución de Cádiz, aprobada el 19 de marzo de 1812, festividad de San José, conocida por eso como la Pepa, es la primera Constitución propiamente española, ya que el Estatuto de Bayona de 1808 no dejó de ser una “Carta otorgada” marcada por el sello napoleónico.
La Constitución se aprobó en el marco de la Guerra de la Independencia (1808 a 1814), y fue la respuesta del pueblo español a las intenciones invasoras de Napoleón Bonaparte que, aprovechando los problemas dinásticos entre Carlos IV y Fernando VII, aspiraba a constituir en España una monarquía satélite del Imperio,  como ya había hecho con Holanda, Alemania e Italia, destronando a los Borbones y coronando a su hermano José Bonaparte. Pero la respuesta de los ciudadanos, jalonada por sucesos como el Motín de Aranjuez, las Renuncias de Bayona y el levantamiento de los madrileños el 2 de mayo, encerró un segundo significado para una pequeña parte del pueblo español. La España patriota, disgregada en un movimiento acéfalo de Juntas, entre levantamientos, sitios y guerrillas se unió finalmente en una Junta central Suprema, y después en una Regencia de cinco miembros, cuyos cometidos principales fueron la dirección de la guerra y la reconstrucción del Estado. En este punto los pareceres se encontraban divididos: había quienes deseaban seguir anclados en el Antiguo  Régimen, quienes deseaban una reforma templada a la inglesa y aquellos que, influidos por las doctrinas y ejemplo de Francia, consideraban que la reconstrucción había de ser más radical. Éste fue el criterio que finalmente se impuso, y la Regencia convocó reunión a Cortes en la isla de León el día 24 de septiembre de 1810. La designación de los Diputados a las mismas se realizó de manera anómala, explicable por la situación del país, y su aportación fundamental fue la Constitución de 1812.
La obra de las Cortes de Cádiz combinó las tendencias constitucionales netamente españolas y la afrancesada.
En efecto, la constitución de 1812 enlazaba con las Leyes tradicionales de la Monarquía española pero, al mismo tiempo, incorporaba principios del liberalismo democrático tales como a soberanía nacional y la separación de poderes.
La soberanía, poder pleno y supremo del Estado, que hasta entonces había correspondido al Rey, pasa ahora a la Nación, como ente supremo y distinto a los individuos que la integran, representado por los diputados, sin estamentos ni mandato imperativo.
La separación de poderes, la más rígida de nuestra historia, siguió el modelo de la constitución francesa de 1791 y la de los Estados Unidos, lo cual impidió el nacimiento del régimen parlamentario en España.
La Constitución no incorporó una tabla de derechos y libertades, pero sí recogió algunos derechos dispersos en su articulado, como la libertad personal o el derecho de propiedad. Sin embargo, el texto proclama a España como Estado confesional, no reconociendo la libertad religiosa.
En lo que a los órganos constitucionales se refiere, la Constitución de Cádiz dedicaba atención especial a las Cortes, al Rey y a sus Secretarios de despacho o Ministros.
Las Cortes se organizaban en una Cámara única, pues se temía que el clero y la nobleza consiguieran apoderarse de una Asamblea de Próceres, obstaculizando la renovación política, social y económica que se pretendía operar.
Los diputados a Cortes eran elegidos mediante sufragio indirecto, siendo necesario para ser candidato poseer una renta anual proEn lo que a los poderes del Rey se refiere, se introdujeron modificaciones sustanciales. Si en el Antiguo Régimen el Rey había ostentado su condición en virtud de un título divino, ahora lo hacía por la gracia de Dios y la Constitución. Su poder se vio limitado, conservando una participación en el Poder legislativo, con una tímida iniciativa y un veto suspensivo así como la titularidad del Poder ejecutivo, aunque sus actos debían ser refrendados por los Secretarios de despacho. Podemos destacar dentro de la Comisión Constitucional las figuras de D. Diego Muñoz Torrero, Presidente de la misma, y a D. Agustín Argüelles, que fue el cencargado de redactar el Proyecto de la Constitución y su discurso preliminar.
La Constitución de 1812 tuvo una vigencia efímera.Fernando VII la derogó a su vuelta a España en 1814, implantando el más férreo absolutismo durante seis años. Tras el pronunciamiento de Riego en 1820, precisamente con las tropas que debían viajar a América para detener la emancipación, el Rey se vio obligado a jurar la Constitución de 1812, iniciándose así el Trienio liberal.
Con ello terminó la vigencia de la Constitución de Cádiz, pero no su influjo, que gravitó sobre la política nacional, directamente hasta 1868, e indirectamente, durante el resto del ciclo liberal. Tuvo además una gran influencia fuera de España, tanto en América, en las constituciones de las viejas colonias españolas al independizarse, como en Europa, en la que durante años operó como un auténtico mito, influyendo en las ideas constitucionales portuguesas, en el surgimiento del Estado italiano e incluso en la Rusia zarista.cedente de bienes propios, con lo cual, el Parlamento quedaba en manos de las clases acomodadas.
La Constitución española de 1812, conocida popularmente como La Pepa o La Constitución de Cádiz, fue promulgada por las Cortes Generales de España, reunidas extraordinariamente en Cádiz, el 19 de marzo de 1812. Se le ha otorgado una gran importancia histórica por tratarse de la primera constitución promulgada en España, además de ser una de las más liberales de su tiempo. Respecto al origen de su sobrenombre, la Pepa, no está muy claro aún, pero parece que fue un recurso indirecto tras su derogación para referirse a ella, debido a que fue promulgada el día de San José. 
Adelantándose a su tiempo, establecía pricipios como la soberanía de la Nación (y no del rey), la monarquía constitucional, la división de poderes o la libertad de prensa, aunque aún mantenía algún brochazo del antiguo régimen, como la confesionalidad católica del Estado, la prohibición de cualquier otra religión o el derecho del rey a reinar `por la gracia de Dios y la Constitución`, o el no reconocimiento de ningún derecho de la mujer. 
La Constitución de 1812 se publicó hasta tres veces en España —1812, 1820 y 1836—, se convirtió en el hito democrático de la primera mitad el siglo XIX, transcendió a varias constituciones europeas e impactó en los orígenes constitucionales y parlamentarios de la mayor parte de los estados americanos durante y tras su independencia. 
Por todo ello, se considera que su publicación marcó el principio del fin del absolutimo, convirtiendo esta Constitución en un documento de enorme importancia histórica.

LA 1ª REPÚBLICA ESPAÑOLA

La Primera República Española fue el régimen político vigente en España desde su proclamación por lasCortes, el 11 de febrero de 1873, hasta el 29 de diciembre de 1874, cuando el pronunciamiento del generalMartínez-Campos dio comienzo a la Restauración borbónica en España. El primer intento republicano en lahistoria de España fue una experiencia corta, caracterizada por la inestabilidad política. En sus primeros once meses se sucedieron cuatro presidentes del Poder Ejecutivo, todos ellos del mismo Partido Republicano Federal, hasta que el golpe de Estado del general Pavía del 3 de enero de 1874 puso fin a la República Federal proclamada en junio de 1873 y dio paso a la instauración de una República Unitaria bajo la dictadura del general Serrano, líder del conservador partido constitucional. El período estuvo marcado por tres conflictos armados simultáneos: la tercera guerra carlista, la sublevación cantonal y la Guerra de los Diez Años enCuba. La Primera República se enmarca dentro del Sexenio Democrático, que comienza con la Revolución de 1868 que dio paso al reinado de Amadeo I, al que siguió la República, y termina con el pronunciamiento del general Arsenio Martínez Campos en Sagunto que puso fin a la República e inició la Restauración borbónica 

Proclamación de la Primera República[editar]

El rey Amadeo I renunció al trono de España el día 11 de febrero de 1873.1 La abdicación estuvo motivada por las dificultades a las que tuvo que enfrentarse durante su corto reinado, como la guerra en Cuba, el estallido de la Tercera Guerra Carlista, la oposición de los monárquicos alfonsinos, que aspiraban a larestauración borbónica en la figura de Alfonso de Borbón, hijo de Isabel II, las diversas insurrecciones republicanas y la división entre sus propios partidarios. Además de eso, el efímero monarca contó con un apoyo popular prácticamente nulo.
El lunes 11 de febrero, el diario La Correspondencia de España dio la noticia de que el rey había abdicado e inmediatamente los federales madrileños se agolparon en las calles pidiendo la proclamación de laRepública. El gobierno del Partido Radical de Ruiz Zorrilla se reunió y en su seno las opiniones estaban divididas entre el presidente y los ministros de procedencia progresista, que pretendían constituirse en gobierno provisional para organizar una consulta al país sobre la forma de gobierno –postura que también apoyaba el partido constitucional del general Serrano, porque de esa forma no se produciría la proclamación inmediata de la República–, y los ministros de procedencia demócrata encabezados por Cristino Martos y apoyados por el presidente del Congreso de los Diputados,Nicolás María Rivero, que se decantaban por la reunión conjunta del Congreso y del Senado que, constituidos en Convención, decidirían la forma de gobierno, lo que conduciría a la proclamación de la República dada la mayoría que formaban en ambas cámaras la suma de republicanos federales y de estos radicales de procedencia demócrata
El presidente Ruiz Zorrilla acudió al Congreso de Diputados para pedir a los diputados de su propio partido, que tenían la mayoría absoluta en la Cámara, que aprobaran la suspensión de las sesiones al menos veinticuatro horas, las suficientes para restablecer el orden. Asimismo pidió que no se tomara ninguna decisión hasta que llegara a las Cortes el escrito de renuncia a la Corona del rey Amadeo I y anunció que el gobierno presentaría un proyecto de Ley de Abdicación. Con todo ello Ruiz Zorrilla pretendía ganar tiempo, pero fue desautorizado por su propio ministro de Estado Cristino Martos cuando éste dijo a la Cámara que en cuanto llegara la renuncia formal del rey el poder sería de las Cortes y «aquí no habrá dinastía ni monarquía posible, aquí no hay otra cosa posible que la República». Así se aprobó la moción del republicano Estanislao Figueras para que las Cortes se declararan en sesión permanente, a pesar del intento de Ruiz Zorrilla de que los radicales no la apoyaran. Mientras tanto el edificio del Congreso de los Diputados había sido rodeado por una multitud que exigía la proclamación de la República, aunque la Milicia Nacional logró disolverla.4
Al día siguiente, martes 11 de febrero, los jefes de distrito republicanos amenazaron al Congreso de los Diputados con que si no proclamaban la República antes de las tres de la tarde iniciarían una insurrección. Los republicanos de Barcelona enviaron un telegrama a sus diputados en Madrid en el mismo sentido. Entonces los ministros demócratas encabezados por Martos, junto con los presidentes del Congreso y del Senado, Rivero y Figuerola, decidieron que se reunieran ambas Cámaras, ante las cuales se leyó la renuncia al trono de Amadeo I, y a continuación, ante la ausencia del presidente del gobierno Ruiz Zorrilla, el ministro de Estado Martos anunció que el gobierno devolvía sus poderes a las Cortes con lo que estas se convertían en Convención y asumían todos los poderes del Estado. Entonces, varios diputados republicanos y radicales presentaron una moción para que las dos cámaras, constituidas en Asamblea Nacional, aprobaran como forma de gobierno la República y eligieran un Poder Ejecutivo responsable ante aquella.5 La proposición decía así:
La Asamblea Nacional asume los poderes y declara como forma de gobierno la República, dejando a las Cortes Constituyentes la organización de esta forma de gobierno.
Manuel Ruiz Zorrilla, hasta entonces presidente del gobierno, intervino para decir:
Protesto y protestaré, aunque me quede solo, contra aquellos diputados que habiendo venido al Congreso como monárquicos constitucionales se creen autorizados a tomar una determinación que de la noche a la mañana pueda hacer pasar a la nación de monárquica a republicana.
A continuación el republicano Emilio Castelar subió al estrado y pronunció este discurso que fue respondido con encendidos aplausos:
Señores, con Fernando VII murió la monarquía tradicional; con la fuga de Isabel II, la monarquía parlamentaria; con la renuncia de don Amadeo de Saboya, la monarquía democrática; nadie ha acabado con ella, ha muerto por sí misma; nadie trae la República, la traen todas las circunstancias, la trae una conjuración de la sociedad, de la naturaleza y de la Historia. Señores, saludémosla como el sol que se levanta por su propia fuerza en el cielo de nuestra Patria.
 A las tres de la tarde del 11 de febrero de 1873, el Congreso y el Senado, constituidos en Asamblea Nacional, proclamaron la República por 258 votos contra 32:6
La Asamblea Nacional reasume todos los poderes y declara la República como forma de gobierno de España, dejando a las Cortes Constituyentes la organización de esta forma de gobierno. Se elegirá por nombramiento directo de las Cortes un poder ejecutivo, que será amovible y responsable ante las mismas Cortes.
Tras un receso de tres horas volvieron a reunirse las Cámaras para nombrar presidente del Poder Ejecutivo al republicano federal Estanislao Figueras que estaría al frente de un gobierno pactado entre los radicales y los republicanos federales e integrado por tres republicanos –Emilio Castelar en Estado; Francisco Pi y Margall en Gobernación; y Nicolás Salmerón en Gracia y Justicia– y cinco radicales –José Echegaray en Hacienda; Manuel Becerra y Bermúdez en Fomento; Francisco Salmerón en Ultramar; el general Fernando Fernández de Córdoba en Guerra y el almirante José María Beránger en Marina–. Cristino Martos fue elegido presidente de la autoproclamada Asamblea Nacional, "el verdadero poder en una situación de Convención", por 222 votos frente a los 20 que reunió Nicolás María Rivero.7 8
Proclamación de la República enBarcelonaplaza de Sant Jaume.
El 16 de febrero el periódico republicano de Barcelona La Campana de Gracia publicó el siguiente artículo en catalán
Ja la tenim! Ja la tenim, ciutadans! Lo trono s'ha ensorrat per a sempre en Espanya. Ja no hi haurà altre rey que'l poble, ni mes forma de gobern que la justa, la santa y noble República federal. […]
Republicans espanyols! En aquestos moments solemnes dels quals depen la vida de les nacions, es quan se coneixen als homes y es quan se coneixen als pobles.
Donem lo nostre apoyo moral als homes a qui hém donat nostres aplausos, a qui hém fet objecte de nostre entusiasme. Posémnos a las sevas ordres, baix la bandera de nostres principis inmaculats é íntegros, y avassallem quants obstacles se presentin, per erigir definitivament en Espanya lo temple del dret, de la justicia, de la moralitat y de l'honra, que es lo de la República democrática federal!
¡Ya la tenemos! ¡Ya la tenemos, ciudadanos! El trono ha caído para siempre en España. Ya no habrá otro rey que el pueblo, ni más forma de gobierno que la justa, santa y noble República federal.[…]
¡Republicanos españoles! En estos momentos solemnes de los que depende la vida de las naciones, es cuando se conocen a los hombres y es cuando se conocen a los pueblos.
Damos nuestro apoyo moral a los hombres a los que hemos dado nuestros aplausos, a quienes hemos hecho objeto de nuestro entusiasmo. ¡Pongámonos a sus órdenes, bajo la bandera de nuestros principios inmaculados e íntegros, y derribemos cuantos obstáculos se presenten, para erigir definitivamente en España el templo del derecho, de la justicia, de la moralidad y de la honra, que es el de la República democrática federal!